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Miércoles, 3 de Diciembre del 2025

ARCA modificó el régimen del IVA para vendedores en plataformas digitales

ARCA modificó el régimen del IVA para vendedores en plataformas digitales

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó el régimen especial del Impuesto al Valor Agregado (IVA) que alcanza a quienes venden bienes o prestan servicios a través de plataformas digitales como Mercado Libre, Tiendanube y similares. La medida, dispuesta por la Resolución General 5794/25, rige desde el 1° de diciembre y se aplica a todas las operaciones realizadas a partir de esa fecha.

El nuevo esquema redefine los criterios de habitualidad para determinar quiénes deben tributar. Se considerará habitual a quien realice 10 o más operaciones mensuales por un monto igual o superior a $750.000, o 4 o más operaciones por mes durante un cuatrimestre con un acumulado mínimo de $750.000. En el caso de ventas de bienes usados de uso personal, no se considerarán habituales si el monto es menor a $1.500.000, previa declaración del vendedor.

A partir de estos cambios, quienes superen los límites y no estén inscriptos en IVA o Monotributo pasarán a ser considerados sujetos no categorizados desde el mes siguiente. Además, las plataformas deberán exigir la identificación tributaria de los vendedores y detallar claramente las percepciones en las facturas. ARCA indicó que la medida busca actualizar los parámetros y adaptarlos al crecimiento del comercio electrónico.